SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0760/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0760/2007-R

Fecha: 24-Sep-2007

III.2.

III.2. De la documentación que informa los antecedentes del recurso se evidencia que contra la recurrente se sustanció un proceso disciplinario por acomodar la conducta de ésta (Notaria de Fe Pública) a la falta disciplinaria grave tipificada en el art. 40.3 de la LCJ (incumplimiento de resoluciones o acuerdos del Consejo de la Judicatura u obstaculización de las inspecciones que realice) e incs. b) y c) del art. 81 del Reglamento de Administración de Personal del Consejo de la Judicatura que establece: “Se reconocen también bajo responsabilidad funcionaria, las obligaciones del personal 'procesal' (sic) y administrativo del Poder Judicial:… b) Asumir las responsabilidades vinculadas a su desempeño y a los resultados emergentes de éste; c) Prestar servicio con eficiencia, transparencia y licitud en el lugar, horario y condiciones que se le determinen, desempeñando toda función que le sea encomendada, compatible con sus conocimientos, experiencia y actitud”.