Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1472/2010-R
Fecha: 04-Oct-2010
II.2.
II.2. Interpuesto el recurso de apelación por parte de Héctor Cáceres Guardia y Virginia Flores de Cáceres (fs. 56 y vta.) y Guely Tatiana Cáceres Flores (fs. 62 a 63), el mismo es resuelto por Auto de Vista de 15 junio de 2007, que declara ejecutoriada la Sentencia de 27 de febrero de 2003 en vista de los actos judiciales voluntarios realizados por ambas partes que significan consentimiento expreso de la ejecutoria de la sentencia conforme al art. 515 inc.2) del CPC (fs. 64 y vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. El derecho a la propiedad privada y al debido proceso en su elemento de la debida fundamentación de las resoluciones
- En relación a la debida fundamentación de las resoluciones
- III.3.Análisis de la problemática planteada
- declara ejecutoriada la Sentencia de primer grado
- Fragmento 21
- 2)
- POR TANTO