Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1472/2010-R
Fecha: 04-Oct-2010
II.7.
II.7. Por memorial de 2 de julio de 2007, Livia Grisel Aguilar Vargas, solicita se ejecute provisionalmente la Sentencia con el ofrecimiento de la fianza de resultas pidiendo se señale día y hora de audiencia para tal fin (fs. 9), y reitera su pedido en el otrosí del memorial de 2 de agosto de 2007 (fs. 73 a 74 vta.), dicha solicitud es denegada por Auto de 3 de agosto de 2007, que señala: “No siendo confirmatorio total el auto de vista con relación a la sentencia de primera instancia al haberse introducido modificaciones con los autos complementarios, se declara sin lugar a la ejecución provisional del fallo” (fs. 75).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. El derecho a la propiedad privada y al debido proceso en su elemento de la debida fundamentación de las resoluciones
- En relación a la debida fundamentación de las resoluciones
- III.3.Análisis de la problemática planteada
- declara ejecutoriada la Sentencia de primer grado
- Fragmento 21
- 2)
- POR TANTO