SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1472/2010-R
Fecha: 04-Oct-2010
recurso
En revisión la Resolución de 29 de agosto de 2007, cursante de fs. 36 a 38, pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Livia Grisel Aguilar Vargas contra Raúl Pablo Brañez Galindo y Ángel Montero Montecinos, Vocales de la Sala Civil Primera de la Corte Superior del mismo Distrito Judicial; alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, a la propiedad privada, al debido proceso, al principio de legalidad y “a la debida fundamentación”, citando al efecto los arts. 7 incs. a) e i), 16, 228 y 299 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPE abog) y 16 del Código de Procedimiento Civil (CPC).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. El derecho a la propiedad privada y al debido proceso en su elemento de la debida fundamentación de las resoluciones
- En relación a la debida fundamentación de las resoluciones
- III.3.Análisis de la problemática planteada
- declara ejecutoriada la Sentencia de primer grado
- Fragmento 21
- 2)
- POR TANTO