SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1486/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1486/2010-R

Fecha: 04-Oct-2010

I.2.1  Ratificación y ampliación del recurso

Aclaró también que, con relación a la falta de uso de la complementación y enmienda, referida por el tercero interesado, cuando salió el Auto de Vista que confirmó la resolución del Juez, no podían impugnarlo porque era beneficioso para ellos, resultando ser la parte victoriosa. El Auto de vista correspondiente a la concesión del recurso de casación, no tolera ninguna forma de recurso porque está reservado para las sentencias, los autos de vista que finalizaren la instancia y los autos supremos que resolvieren los recursos de casación y de nulidad, pero de ninguna manera podríamos hacer uso de ella en esa etapa.