Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1486/2010-R
Fecha: 04-Oct-2010
II.9.
II.9. El 12 de noviembre de 2007, el recurrente, interpuso ante la Sala Civil Primera de la corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, recurso de reposición contra el Auto de 1 de ese mes y año, que concedió el recurso de casación (fs. 157 y vta.), respondido por la contraparte (fs. 159 a 160), se rechazó, mediante Auto de 15 del referido mes y año, manteniendo firme la concesión del recurso de casación (fs. 160 vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- a)
- d)
- f)
- Fragmento 5
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- y contra los actos consentidos libre y expresamente
- Fragmento 24
- III.4.1. Análisis de la problemática planteada: actos consentidos
- Fragmento 26
- III.5. Sobre la subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- 1)
- 2)
- 3)
- concedido
- REVOCAR