SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1516/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1516/2010-R

Fecha: 11-Oct-2010

II.8.

II.8.  El 26 de abril de 2007, la recurrente, interpuso un recurso de amparo constitucional con los mismos hechos que motivan, el que se revisa y contra las autoridades ahora también recurridas; mismo que fue declarado improcedente in límine por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, mediante Resolución 19/07 de 28 del indicado mes y año abril de 2007; que, en revisión, el AC 0176/2007-RCA de 5 de julio, anuló y dispuso que el Tribunal de garantías otorgue el plazo de cuarenta y ocho horas para que la recurrente subsane el requisito de forma extrañado, bajo apercibimiento de ser rechazado (fs. 113 a 119); no consta la notificación a la recurrente.