SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1516/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1516/2010-R

Fecha: 11-Oct-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La recurrente, alega la vulneración de sus derechos al debido proceso y a la “seguridad jurídica”, manifestando que, dentro del proceso investigativo del ilícito de estafa que siguió contra Armando Eduardo Asín Imaña, tramitado en el Juzgado Octavo de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de La Paz, tras la imputación formal, el imputado planteó excepción de “falta de tipicidad y materia justiciable”, que fue rechazado en audiencia mediante Resolución 485/2006; constando en este mismo acto, la notificación a las partes. Conforme a lo descrito, desde el 20 de octubre de 2006, tenía tres días para presentar el recurso de apelación incidental; empero, Armando Eduardo Asín Imaña se hizo notificar por segunda vez el 26 de ese mes y año, a horas 10:30, presentando su recurso el mismo día a horas 11:40, situación que se observó al momento de contestar el recurso. Los Vocales recurridos revocaron el correcto fallo del Juez de primera instancia y ordenaron el archivo de obrados; la recurrente solicitó la corrección de este grave error, pero se dio por válida la segunda diligencia. En consecuencia, corresponde dilucidar, en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de la recurrente, atribuibles a las autoridades recurridas, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.