Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1523/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes, alegan que sus derechos al trabajo, a “ocupar funciones públicas” y a la petición, fueron vulnerados por los miembros del Concejo Municipal de Incahuasi, al no haber dado respuesta a sus solicitudes de reincorporación a sus funciones de Concejales, luego de acreditar que las causales por las que pidieron licencia temporal al cargo, desaparecieron. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de los recurrentes a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- ,
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- Fragmento 7
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.4. Derecho de petición
- III.5. Análisis de la problemática planteada
- III.5.1
- III.5.2.
- a)
- denegado
- APROBAR