Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1529/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
Fragmento 3
Interponen recurso de amparo constitucional contra Emilse Ardaya Gutiérrez, Ministra de la Corte Suprema de Justicia; solicitando la nulidad de las providencias de 20 de noviembre de 2007 y 8 de enero de 2008, anulando todo lo obrado y disponiendo remitir obrados a la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia para que resuelva la excepción opuesta; se anule la Resolución 10/2008 de 22 de enero, de suspensión emitida por el Consejo de la Judicatura; restituir en el día a sus representados Ángel Montero Montecinos y Raúl Pablo Brañez Galindo, Vocales de la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba y se condene costas, daños y perjuicios.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- i)
- I.2.4. Resolución
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Constitución Política del Estado y uso de terminología adecuada en la acción de amparo constitucional
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.2. Naturaleza subsidiaria del recurso, ahora acción de amparo constitucional
- el recurrente debe, utilizar cuanto recurso le franquee la ley, sea ante la autoridad o persona que lesionó su derecho
- Notificado
- APROBAR