Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1541/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
II.8.
II.8. A solicitud de la institución querellante de 25 de abril de 2007, se realizó la audiencia de juicio oral el 7 de mayo de 2007, a la que no concurrió el querellado, peticionando la parte querellante su declaratoria de rebeldía, la que en efecto se declaró disponiendo la aprehensión del acusado, quien posteriormente se apersonó voluntariamente, purgando su rebeldía (fs. 321 a 323 vta; 327 a 330).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- tercero interesado,
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de
- "accionante"
- recurso de amparo constitucional
- Fragmento 21
- III.3. Extinción de la acción penal, por duración máxima del proceso
- III.3.1.Causales de suspensión de la prescripción
- Fragmento 24
- III.3.2.Excepción de prejudicialidad, causal de suspensión de la prescripción
- III.4. El caso en examen
- Fragmento 27
- III.4.1.
- denegado