SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1541/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
II.9.
II.9. El querellado mediante memorial presentado el 17 de mayo de 2007, formuló la excepción incidental de extinción de la acción por duración máxima del proceso y cosa juzgada, siendo resuelta en la audiencia de juicio oral efectuada el 19 de junio de 2006, que mediante Auto de la misma fecha, el Juez de la causa declaró improbadas las excepciones opuestas, contra la que interpuso recurso de apelación incidental el querellado, instancia en la cual la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, emitió la Resolución de 20 de julio de 2007, por la que admitió y declaró procedente la excepción de extinción de la acción penal por transcurso del plazo máximo del proceso, disponiendo el archivo de obrados (fs. 381 y vta.; 390 a 405 y vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- tercero interesado,
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de
- "accionante"
- recurso de amparo constitucional
- Fragmento 21
- III.3. Extinción de la acción penal, por duración máxima del proceso
- III.3.1.Causales de suspensión de la prescripción
- Fragmento 24
- III.3.2.Excepción de prejudicialidad, causal de suspensión de la prescripción
- III.4. El caso en examen
- Fragmento 27
- III.4.1.
- denegado