SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1546/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1546/2010-R

Fecha: 11-Oct-2010

El Capítulo VII de la Ley Forestal establece los recursos impugnatorios

         El Capítulo VII de la Ley Forestal establece los recursos impugnatorios a efectos de las resoluciones administrativas pronunciadas por el Superintendente Forestal, estableciendo en su art. 43 que: “Podrá impugnarse por quien resultare afectado, cuando demuestre el perjuicio que le represente en su patrimonio en sus derechos protegidos por la Ley, interponiendo recurso de revocatoria ante el mismo Superintendente Forestal. Este recurso deberá ser interpuesto dentro del plazo de 30 días de publicada o notificada la resolución” (sic).