Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1565/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
II.2.
II.2. Por testimonio 16/2006, otorgado ante Notario de Fe Pública el 6 de enero de 2006, Octavia Luly Fernández Rioja declarando ser adjudicataria de un puesto de venta en al calle Pulacayo frente al mercado central de ferias en virtud de la referida Resolución Municipal 1353/77, otorga en calidad de contrato de anticresis el referido kiosko al Sr. Felipe Álvarez por el monto de $us. 8.000.- (ocho mil dólares de estadounidenses) por el término de un año y medio, computable desde la suscripción del citado testimonio.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley
- corresponde exclusivamente a la persona o personas naturales o individuales, sea funcionario, autoridad o particular que hubieran restringido, suprimido o amenazado restringir o suprimir los derechos y garantías de las personas
- Departamento de Mercados y Sitios de la Intendencia Municipal
- Jefe del Departamento de Mercados y Sitios, por el Director de Intendencia y por la Oficial Mayor de Desarrollo Humano de la Alcaldía Municipal de Cochabamba
- APROBAR