SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1565/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
II.4.
II.4. Por memorial presentado el 30 de agosto de 2007, Octavia Luly Fernández Rioja al amparo del Art. 7 inc. h) de la CPEabrg, y dirigido al Alcalde Municipal de Cercado, informa que se ha anoticiado que el kiosko y sitio municipal del cual es adjudicataria ha sido cambiado de nombre a favor de Felipe Álvarez, y; consiguientemente solicita que la Jefatura de Sitios Municipales, le explique "las razones, cual ha sido el procedimiento y las causas". En respuesta a dicho memorial, el 20 de septiembre de 2007, el Jefe del Departamento de Mercados y Sitios, el Director de Intendencia y la Oficial Mayor de Desarrollo Humano de la Alcaldía Municipal de Cochabamba eleva un informe del trámite 2456/039/07, cursante a fs. 13, en el que aseveran que los firmantes concedieron el trámite y procedieron con el cambio de nombre pues el impetrante cumplió con lo dispuesto en las Ordenanzas Municipales 3116/03 y 3111/03.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley
- corresponde exclusivamente a la persona o personas naturales o individuales, sea funcionario, autoridad o particular que hubieran restringido, suprimido o amenazado restringir o suprimir los derechos y garantías de las personas
- Departamento de Mercados y Sitios de la Intendencia Municipal
- Jefe del Departamento de Mercados y Sitios, por el Director de Intendencia y por la Oficial Mayor de Desarrollo Humano de la Alcaldía Municipal de Cochabamba
- APROBAR