Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1568/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
II.1.
II.1. Según Testimonio de la Escritura Pública 3884/2002 de 27 de junio, suscrita ante Notario de Fe Pública Nº 46 de la ciudad de Santa Cruz, que cursa de fs. 14 a 24 referente al préstamo con garantía hipotecaria otorgado por el Banco Ganadero S.A. a favor de Arturo Armando Rosas Zamora y Mónica Elizabeth Coelho Añez de Rosas, otorgándose como garantía hipotecaria un inmueble urbano ubicado en la zona oeste de la ciudad, U.V. 52, manzana 46, lote 9 de esa ciudad, de propiedad de Gabriela Zamora Saavedra de Rosas y Armando Rosas Guzmán, y en la cláusula trigésima se señaló domicilio especial en la Avenida Ibérica, Barrio Las Palmas 952, teléfono 3537368 de esa ciudad.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. Con relación al domicilio especial, a la citación y a la nulidad procesal
- Marco legal:
- Marco Jurisprudencial:
- nulidad procesal
- III.3. Análisis del caso de autos
- 2º