SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1568/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
II.3.
II.3. El 16 de septiembre de 2004, el Oficial de Diligencias del Juzgado de la causa expidió un informe en el que da cuenta que el 15 de septiembre de 2004, a hrs. 16:00, se constituyó en el inmueble ubicado en la Av. Ibérica, Barrio Las Palmas 952, a objeto de citar a los coactivados con la demanda y Sentencia; empero, "fue informado por el guardia de seguridad, que el inmueble antes mencionado se encuentra desocupado desde hace mes y medio atrás, y que el mismo es alquilado a distintas personas y que las personas demandadas no viven en el mismo" (fs. 30), por lo que el Banco coactivante solicitó al Juez disponga la citación mediante edictos de prensa (fs. 31), y por decreto de 21 de septiembre de 2004, el Juez dispuso que, previo juramento de ley, se proceda a la citación por edictos a los coactivados (fs. 31 vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. Con relación al domicilio especial, a la citación y a la nulidad procesal
- Marco legal:
- Marco Jurisprudencial:
- nulidad procesal
- III.3. Análisis del caso de autos
- 2º