SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1568/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, señala la vulneración de los derechos de sus representados a la igualdad, seguridad jurídica, propiedad privada, defensa y al debido proceso, arguyendo que sus representados no fueron citados ni notificados con el proceso coactivo, seguido en su contra como garantes hipotecarios por el Banco Ganadero S.A., pese a que en el contrato de préstamo tenían señalado domicilio especial, y que recién tuvieron conocimiento cuando funcionarios del Banco les manifestaron su adjudicación y que tenían 15 días para desocupar el inmueble; ante lo cual plantearon incidente de nulidad de obrados, el mismo que fue rechazado por el Juez recurrido con el argumento de que fueron notificados mediante edictos; y en apelación, los Vocales demandados confirmaron esa determinación. En ese sentido, corresponde en revisión, analizar si tales aseveraciones son ciertas y si dan lugar o no a brindar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. Con relación al domicilio especial, a la citación y a la nulidad procesal
- Marco legal:
- Marco Jurisprudencial:
- nulidad procesal
- III.3. Análisis del caso de autos
- 2º