Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1568/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
II.5.
II.5. Por memorial de 2 de octubre de 2006, la parte coactivada interpuso recurso de apelación contra el Auto 667 (fs. 12 a 13 vta.), habiendo el Tribunal de alzada dictado el Auto de Vista 45 de 9 de febrero de 2007, confirmando la Resolución apelada, con el argumento de que el cambio de domicilio de los coactivados, sin haber dado a conocer al Banco coactivante, dio lugar a la notificación mediante edictos, previo informe del Oficial de Diligencias (fs. 40 a 41 vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. Con relación al domicilio especial, a la citación y a la nulidad procesal
- Marco legal:
- Marco Jurisprudencial:
- nulidad procesal
- III.3. Análisis del caso de autos
- 2º