SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1583/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1583/2010-R

Fecha: 15-Oct-2010

a)

El recurrente, alega que: a) El nuevo Centro de estudiantes de la Carrera de Ingeniería de Sistemas, realizó una evaluación unilateral a su desempeño como docente contratado - sin la participación de los docentes - en la que lo reprobaron, disponiendo que el siguiente semestre no podría dictar la cátedra; b) Llevada a cabo la Asamblea General Docente Estudiantil de la UPEA, decidieron vetarlo, supuestamente por vulnerar la autonomía universitaria, a consecuencia de lo cual, en el Segundo Congreso Ordinario, decidieron destituirlo del cargo de Secretario General, interviniendo su oficina y precintándola, así como la confirmación de su suspensión como docente; y c) En reiteradas oportunidades, solicitó copias de las actas de la asamblea docente estudiantil y del Segundo Congreso Ordinario, pidiendo, además, justificación de las determinaciones asumidas y su correspondiente reconsideración ante el mismo Congreso Ordinario y ante el Consejo Universitario; a pesar de ello, tanto el Rector como los miembros del Presidium, no dieron respuesta a sus requerimientos, considerando con ello, vulnerados sus derechos al trabajo, al ejercicio libre de la función pública, a la petición, a la defensa y a las garantías al debido proceso y a la “seguridad jurídica". En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del recurrente a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.