SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1597/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1597/2010-R

Fecha: 15-Oct-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La recurrente -ahora accionante- solicitó tutela de sus derechos a la defensa, al debido proceso a la petición y a la seguridad jurídica, manifestando que fueron vulnerados, por cuanto la notificación de la Resolución emitida dentro del recurso de revocatoria que confirmó la sanción de destitución en su contra, fue realizada con un documento ilegible, sin foliación y faltando alguna foja, por lo que planteó nulidad de notificación, pedido que fue observado por un requisito intrascendente, evitando pronunciarse sobre el fondo de la nulidad planteada, y cuando intentó la subsanación, la Jueza y Secretario Sumariantes, se negaron a recibir el memorial, situación irregular que motivó la presentación de una queja ante el Gerente General quien tampoco dio una respuesta positiva o negativa a su petitorio. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de garantías, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales u omisiones indebidas, lesivas a los derechos fundamentales invocados, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.