Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1621/2010-R
Fecha: 15-Oct-2010
II.2.
II.2. El 20 de agosto de 2007, el Alcalde Municipal de Teoponte y el Presidente del Comité de Vigilancia, emitieron la convocatoria DESP/CVST/017/07 de 20 de agosto de 2007, dirigida a los agentes cantonales, sub alcaldes de distritos y otros representantes de las organizaciones sociales de ese Municipio a la reunión a realizarse el 3 y 4 de septiembre del referido año, con el objeto de analizar la reformulación del POA (fs. 15).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. Normativa que rige para la suspensión de los concejales
- III.4. La problemática planteada en el caso de autos
- POR TANTO