SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1621/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1621/2010-R

Fecha: 15-Oct-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, ahora accionante, por su representada, alega que las autoridades recurridas, ahora demandadas, vulneraron sus derechos a la “seguridad jurídica”, al trabajo y la garantía al debido proceso, toda vez que el Alcalde demandado al enterarse que fue restituida al cargo de Concejala, organizó a sus acólitos y colonos de la región, reuniéndolos en el municipio de Teoponte y aprovechado la ausencia del Presidente del Concejo Municipal, con actos violentos, forzaron la realización de una ilegal sesión del mencionado Concejo, en la que emitieron la Resolución Municipal HCMT 236/2007, por la que se dispuso la suspensión definitiva de su representada, argumentando el pedido de los actores de los cuatro cantones; decisión que fue pronunciada sin que se dé el presupuesto legal establecido por el art. 34.II de la LM, al margen de todo el ordenamiento jurídico. En revisión, corresponde analizar si en la especie es pertinente otorgar o no la tutela pretendida.