Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1624/2010-R
Fecha: 15-Oct-2010
1) Respecto a los antecedentes del proceso penal
Refiere que, mediante procedimiento de subasta pública en Estados Unidos, adquirió la movilidad Marca Toyota Runner, color plata chasis no visible; la que habría sido trasladada hasta Bolivia con destino a Zona Franca WINNER en el departamento de Santa Cruz, conforme el Manifiesto Internacional de Carga (MIC) y Carta de Porte respectiva, proceso de importación que concluyó con la cancelación de tributos aduaneros, emisión de la póliza de importación y Declaración Única de Importación (DUI) 2007/735/C-1140 de 18 de enero de 2007 y la autorización de “Levante”, o extracción del automotor de Zona aduanera primaria con destino a Zona Franca WINNER,
- recurso de
- 1) Respecto a los antecedentes del proceso penal
- 2) Respecto a la intervención ilegal de los funcionarios del Control Operativo Aduanero (COA)
- 3) Con relación a la intervención ilegal por parte de los funcionarios de la Aduana Nacional
- 4) Actos ilegales cometidos por la autoridad recurrida al emitir la Resolución de 2 de agosto de 2007, por la que revoca el rechazo dispone la prosecusión de la investigación
- 5) Otras irregularidades en cuanto a la arbitraria argumentación de la Resolución de 2 de agosto de 2007
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 2)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. El principio de subsidiariedad y el amparo constitucional
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- III.4. El amparo constitucional frente a los actos libre y expresamente consentidos
- III.5. De la objeción a la querella como medio idóneo para cuestionar la personería y legitimación del querellante
- “El fiscal o el imputado podrán objetar la admisibilidad de la querella y la personería del querellante. La objeción se formulará ante el juez, en el plazo de tres días computables a partir de su notificación…”
- todo imputado que considere que en el curso del proceso investigativo ha sufrido una lesión de un derecho fundamental, …debe impugnar tal conducta ante el juez instructor, que es el órgano jurisdiccional
- III.7. El caso en análisis
- APROBAR