SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1654/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1654/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

Fragmento 19

           La posesión, entendida como el poder de hecho ejercido sobre una cosa mediante actos que denotan la intención de tener sobre ella el derecho de propiedad u otro derecho real, que puede ser ejercido por sí misma o por medio de otra persona que tiene la detentación de la cosa [art. 87 del Código Civil (CC)], encuentra su protección, independientemente del derecho de propiedad, a través de los procesos interdictos, que se encuentran regulados dentro del Libro IV “De los procesos especiales”, Título II del CPC, con la finalidad de evitar medidas de hecho que puedan perturbar la pacífica posesión o detentación de un bien.