Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1657/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
Efectuada la audiencia pública el 19 de febrero de 2008, presente el recurrente y su mandante, la recurrida Ninoska Urquieta Daza, el mandatario del recurrido Vladimir Sánchez Escobar, el representante del Ministerio Público, ausente el tercero interesado, según consta en el acta cursante de fs. 560 a 566, se produjeron los siguientes actuados:
- recurso de amparo constitucional
- Fragmento 2
- Fragmento 3
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 5
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 2)
- concedió
- 1)
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- Fragmento 16
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. La acción de amparo constitucional y el recurso directo de nulidad
- es un mecanismo de protección eficaz y pertinente para el resguardo del derecho al debido proceso en todos sus elementos incluido el juez natural, pero, solamente en sus elementos imparcialidad e independencia
- III.4. Caso analizado
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