Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1657/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.1
II.1. El 6 de septiembre de 2007, la recurrente Carmen Victoria Encinas Rojas, recibió memorándum de agradecimiento de servicios que le envió el Director Ejecutivo del FNIPS Vladimir Sánchez Escobar, en la misma fecha ordenó se abra un proceso sumario administrativo interno contra la misma por las supuestas irregularidades cometidas en la adquisición de un equipo computador Lap Top (fs. 2, 5 a 6, 52).
- recurso de amparo constitucional
- Fragmento 2
- Fragmento 3
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 5
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 2)
- concedió
- 1)
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- Fragmento 16
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. La acción de amparo constitucional y el recurso directo de nulidad
- es un mecanismo de protección eficaz y pertinente para el resguardo del derecho al debido proceso en todos sus elementos incluido el juez natural, pero, solamente en sus elementos imparcialidad e independencia
- III.4. Caso analizado
- REVOCAR