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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1673/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1673/2010-R

    Fecha: 25-Oct-2010

    II.3.

    II.3.  Por Auto de 11 de abril de 2002, fue concedida la apelación interpuesta (fs. 57); y por otro escrito presentado el 17 del mismo mes y año, el representante de ADRIÁTICA pidió que quede en suspenso la designación de árbitros hasta la resolución del incidente interpuesto; pedido negado por proveído de 18 de abril de 2002 (fs. 59 vta.).

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.9.
    • III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde  el 7 de febrero de 2009
    • acción de amparo constitucional
    • concederá o denegará
    • accionante
    • denegar
    • III.3.1.
    • INTERVENCION, REVOCATORIA DE LICENCIA Y TRASPASO DE CARTERA.
    • Durante la intervención, la Superintendencia asume las facultades de la Junta General de Accionistas y del Directorio y designará interventor con facultades de administración para la liquidación, que serán especificadas en su designación.
    • que serán especificadas en su designación.
    • “(FACULTADES Y RESPONSABILIDADES).
    • APROBAR

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