SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1685/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
I.2.3. Intervención de los terceros interesados
Francisca Calle en su calidad de tercera interesada en audiencia, señaló que realizaron reuniones continuas, por lo que le extraña que ahora las recurrentes digan que no tenían conocimiento; incluso se invitó a la Empresa INGLOBOL Ltda., así como a otras empresas, en presencia de Notario de Fe Pública. Respecto a la mercadería no se perdió nada y fueron ellas las que agredieron, le golpearon además de amenazarle de muerte, por lo que quiere garantías.
Por su parte Carlos Arturo Arnez Castro, Presidente de la Junta de Vecinos de Cota Cota en su calidad de tercero interesado manifestó también en audiencia que su gestión es de noviembre de 2006 a noviembre de 2008 y que ha destinado su mayor esfuerzo al problema del mercado que no se soluciona por la intransigencia de las partes, una de las cuales quiere la construcción en 600 mts.2 y la otra en 400 mts.2, que ellos no precisan un mercado grande, que estaría bien con un mercado chico, pero que las partes deben ponerse de acuerdo porque no pueden pasar su gestión atendiendo solo este tema cuando tienen otras prioridades de importancia.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- a)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- III.3. Carácter subsidiario del recurso de amparo constitucional
- b) cuando se utilizó un medio de defensa útil y procedente para la defensa de un derecho, pero en su trámite el mismo no se agotó, estando al momento de la interposición y tramitación del amparo, pendiente de resolución.
- III.4. Del caso de análisis
- Fragmento 27
- denegado
- APROBAR