SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1700/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1700/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

carta presentada personalmente por el renunciante, quien deberá identificarse plenamente con su cédula de identidad

Al respecto, cabe recordar que este Tribunal, conforme  precisó una sub-regla en la SC 0748/2003-R de 4 de junio, para que la oficialización de la voluntad de renunciar al cargo de Alcalde Municipal tenga validez jurídica y es que la renuncia debe ser expresada mediante una carta presentada personalmente por el renunciante, quien deberá identificarse plenamente con su cédula de identidad.