SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1700/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
i)
Por su parte la Concejala recurrida Ángela Choque Mamani, al no estar representada por un profesional abogado intervino personalmente y señaló en la audiencia de amparo: i) Habían contratado abogado para la defensa de todo el Concejo y no para que exista una división ya que a su persona como al otro Concejal, Abel Chamani Calatayud, se les hizo a un lado, así también expresa que el acta de la sesión ordinaria realizada el 31 de julio de 2007, es totalmente falsa ya que no se tenía que sesionar esa fecha, porque el 24 del mismo mes y año, habían decidido asistir al “C.D.M.”; y, ii) Así también señala que su persona y su compañero Abel Chamani Calatayud, no aprobaron la renuncia de la Concejala Vicenta Laura Ramos, tal como menciona el acta, inclusive esa misma noche al terminar la sesión estaban habilitando al Concejal suplente y después de retirarse de la sesión, cuando ya se encontraba en su domicilio descansando a la una y treinta de la madrugada le obligaron a firmar el acta de la sesión realizada, como también al Concejal Abel Chamani Calatayud.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- Fragmento 22
- III.4. El silencio administrativo negativo y la petición de reconsideración
- III.5.
- sea presentada por el renunciante
- III.6.1. Agotamiento de la vía de reclamo a través del recurso de reconsideración y aplicación del silencio administrativo
- III.6.2. Sobre la carta de renuncia y su presentación
- carta presentada personalmente por el renunciante, quien deberá identificarse plenamente con su cédula de identidad
- ya que en el sello de cargo de recepción simplemente se consigna la fecha y hora de presentación, mas no así el nombre de la persona que presentó la mencionada nota de renuncia
- III.6.3. Sobre la realización de la sesión ordinaria
- los Concejales Ángela Choque Mamani y Abel Chamani Calatayud, manifestaron su desacuerdo y votaron en contra de la aceptación de la renuncia, por lo que dichas autoridades no cometieron los actos ilegales denunciados.
- APROBAR