Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1729/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.5.
II.5. En apelación, la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito Judicial de Beni pronunció el Auto de Vista 196/04 de 16 de diciembre de 2004, por el cual se revocó la Sentencia de primera instancia, y en consecuencia se declaró probada la demanda y resuelto el contrato de compra venta contenido en la "escritura pública 486/96" (fs. 352 a 354 vta. del anexo).
- recurso de amparo de constitucional, ahora acción d
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- y contra los actos consentidos libre y expresamente
- , es suficiente que demuestre una actitud de consentimiento, libre de coerciones, amenazas y presiones
- SC 0150/2010-R
- III.4. Análisis del caso
- III.4.1. En cuanto a los actos consentidos
- el
- la accionante consintió de manera tácita la competencia de la autoridad judicial
- no utilizó y menos agotó las vías ordinarias de reclamo
- APROBAR