SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1729/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1729/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

no utilizó y menos agotó las vías ordinarias de reclamo

En el caso que se analiza, la parte demandada no observó oportunamente la incompetencia hoy alegada de la autoridad judicial que tramitaba el proceso ordinario de referencia, y ante la primera admisión de la demanda bien pudo plantear la excepción de incompetencia, lo que no ocurrió, y posteriormente, una vez que se anularon obrados hasta el estado de admitirse dicha demanda, tampoco empleó medio de reclamo alguno respecto a la supuesta incompetencia, y al contrario, se apersonó ante el Juez de la causa, respondió a la demanda y ofreció prueba. Consecuentemente, la parte accionante, no utilizó y menos agotó las vías ordinarias de reclamo, desconociendo una de las características fundamentales del amparo constitucional, cual es la subsidiariedad, la que es entendida como el agotamiento de todas las instancias de reclamo, con carácter previo a la interposición del amparo constitucional.