SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1750/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1750/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

Fragmento 21

         De acuerdo al contenido del memorial de demanda, se establece que el accionante sustenta la presunta vulneración de los derechos de la entidad a la que representa, suscitados con motivo de la dictación del Laudo Arbitral de 29 de mayo de 2007, identificando como un primer acto ilegal la designación que hizo el Jefe Departamental del Trabajo en la persona de Giovanna Maldonado Moscoso, responsable legal de la institución, como Presidenta del Tribunal Arbitral, designación para la cual según aduce, no tendría competencia, pues ésta correspondería al Ministro de Trabajo; de otro lado, la designada tampoco tendría “condiciones para ejercer el cargo”, por lo que ambos, a decir del propio accionante incurrieron en la previsión del art. 31 de la CPEabrg, al haber usurpado funciones que no les competen, situación que se trasuntaría en nulidad del Laudo Arbitral, pues -dice- fue dictado por una 'persona' que no reviste la calidad de “autoridad” para ejercer la Presidencia del Tribunal Arbitral.