SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1757/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
i)
Rolando Toledo Pereira, Juez Décimo de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz, en su informe escrito cursante de fs. 656 señaló: i) En el Juzgado en el cual se encuentra en suplencia, bajo el registro 386/05, se encuentra en ejecución de Sentencia el proceso ejecutivo seguido por Luis Alfredo Arratia Sainz representado por Blanca Elsa Laffert Vda. de Tavera, contra el recurrente; y, ii) De la revisión del cuaderno, se llega al convencimiento que el titular del despacho, al pronunciar la Resolución y realizar las actuaciones que motivan el recurso, no incurrió en ningún atentado contra los derechos y garantías, reconocidos por la Constitución Política del Estado abrogada, correspondiendo denegar la tutela pretendida.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional,
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3.1.
- Fragmento 20
- III.4. Marco legal
- III.5. A
- APROBAR