Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1757/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.9.
II.9. Por Auto de Vista de 18 de junio de 2007, el Juez Noveno de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz, rechazó el incidente de nulidad, formulado por el demandado, considerando que en materia de nulidades, rige el principio de especificidad y convalidación en las actuaciones procesales (fs. 508 y vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional,
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3.1.
- Fragmento 20
- III.4. Marco legal
- III.5. A
- APROBAR