Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1757/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.6.
II.6. Mediante memorial de 16 de junio de 2006, Luis Alberto Arratia Sainz, pide orden instruida para la ejecución del mandamiento de embargo; solicitud dispuesta mediante providencia de 17 de junio de 2006, dirigiendo la misma a la Jueza de Instrucción de Cotoca (fs. 112 y vta.), comisión instruida debidamente recepcionada en el Juzgado de la citada Jueza, el 22 de junio de 2006 a horas 11:40 (fs. 138).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional,
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3.1.
- Fragmento 20
- III.4. Marco legal
- III.5. A
- APROBAR