Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1757/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.8.
II.8. Mediante memorial de 15 de mayo de 2007, el demandado Ernesto Sanzetenea Vargas, en vía incidental, solicita nulidad de obrados, refiriendo que nunca se le notificó con la solicitud de medidas previas y avalúo catrastral, actos que lo dejaron en total estado de indefensión (fs. 405 a 408 vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional,
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3.1.
- Fragmento 20
- III.4. Marco legal
- III.5. A
- APROBAR