SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1782/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1782/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente alega la vulneración del derecho de su representada al debido proceso, en sus elementos de los derechos a la defensa y al juez imparcial, indicando que dentro de la acción reivindicatoria iniciada contra su representada, por la propiedad denominada “Campo Bello”, el Juez recurrido valoró únicamente las pruebas presentadas por la parte demandante no así las de descargo, sin observar que la procedencia de la acción reivindicatoria en el ámbito agrario se basa en la posesión y conservación de la propiedad agraria, no habiéndose demostrado en el proceso, que los demandantes hubieran estado en posesión de la propiedad y que hayan sido víctimas de despojo y avasallamiento de la misma. Situaciones que no fueron consideradas tampoco por el Tribunal de casación, el que además debió comprobar y disponer la nulidad de obrados por diversos vicios procesales que se dieron en la tramitación del proceso, limitándose a establecer los Vocales recurridos, mediante el Auto Nacional Agrario 59/2007, que no existía violación al debido proceso que ameritare la nulidad de obrados; aspectos que permiten concluir que la aplicación de la norma sustantiva fue interpretada y aplicada erróneamente, “todo porque en los hechos no se consideró ni valoró pruebas de descargo esenciales y decisivas”. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de la representada del recurrente, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.