SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1792/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
III.3. Análisis del caso
El accionante sustenta sus pretensiones señalando que dentro del referido proceso penal se hubieran vulnerado sus derechos fundamentales en razón a que el Ministerio Público amplió en su contra el proceso penal iniciado contra varios ex funcionarios públicos, notificándole por edictos, lo que incidió negativamente en su derecho a defensa, habiéndose dictado Auto de procesamiento, de lo que se enteró por un medio de prensa, por lo que se apersonó ante el Juez de la causa y asumió defensa, apelando de dicha Resolución, la misma que sin embargo fue confirmado por los Vocales demandados, sin considerar el Requerimiento Fiscal que solicitó se emita sobreseimiento provisional en su favor.
En el caso en análisis, se constata que el recurrente cuestiona dos Resoluciones, siendo la primera el Auto de procesamiento de 21 de noviembre de 2005, emitido por la Jueza Quinta de Instrucción Cautelar y Liquidadora en lo Penal, así como el Auto de Vista de 3 de octubre de 2007, a través del cual se confirmó la primera Resolución judicial.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- Fragmento 6
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. Naturaleza subsidiaria del amparo constitucional
- subsidiario porque no puede ser utilizado si previamente no se agotaron la vías ordinarias de defensa
- III.3. Análisis del caso
- al momento de la interposición de la presenta acción de de amparo, aún se encontraba en trámite, lo que hace inviable la tutela solicitada, más aún cuando existe otro recurso ordinario que puede ser activado por el accionante de considerarlo necesario, cual es el recurso de casación contra el Auto de Vista que emita el Tribunal de alzada
- las resoluciones judiciales que por cualquier otro recurso puedan ser modificadas o suprimidas, aún cuando no se haya hecho uso oportuno de dicho recurso
- APROBAR