Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1795/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.6.
II.6. Contra el Auto dictado por el Tribunal Sumariante, el ahora recurrente planteó recurso de apelación, solicitando al Tribunal de segunda instancia revoque totalmente el Auto de 28 de mayo y anule obrados (fs. 23 a 25), recurso que fue rechazado por el Tribunal Sumariante en consideración a que dentro del proceso disciplinario no existe recurso de apelación contra autos y providencias durante la tramitación del sumario disciplinario, debiendo continuar el mismo y considerarse sus observaciones en sentencia (fs. 26). Con este proveído se notificó al recurrente el 30 de mayo de 2008 (fs. 27).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- concedió parcialmente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. En cuanto al derecho al debido proceso
- III.3. Principio de irretroactividad de la norma
- 1 de marzo de 2007,
- conforme a leyes y normas reglamentarias preexistentes al hecho o acto atribuido
- APROBAR