SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1800/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1800/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

1)

En uso de la réplica, manifestó: 1) La Sala Plena de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, estableció un precedente, respecto a que en el penal de Chonchocoro no se deben recibir a detenidos preventivamente, empero, su cliente se encuentra recluido en esa calidad, lo que vulnera sus derechos, 2) Por orden del Tribunal de garantías, la Sala Plena de la indicada corte, dispuso el traslado de su cliente y los coimputados, a la ciudad de Oruro; 3) No existe ningún acto consentido, dado que su cliente no cubrió los gastos de traslado, simplemente se dio la coincidencia entre la fecha de remisión y celebración de la “audiencia de juicio oral” (sic); 4) La explicación, complementación y enmienda, no es un recurso, por lo que no existe subsidiariedad; y, 5) La audiencia de amparo constitucional es anterior a la audiencia de juicio oral o del verificativo de la audiencia de apelación restringida.