SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1921/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
fue suscrita en representación de todo el Concejo Municipal cuyos concejales previamente se reunieron en sesión ordinaria de 11 de diciembre de 2007
Si bien la OM 178/2007 ahora impugnada en la presente acción de amparo, conforme consta en obrados a fs. 21 y 23, fue suscrita por Gustavo Adolfo Morales, Presidente del Concejo Municipal de El Alto y por Marco Antonio Cueto Poma, Concejal Secretario de dicho Concejo Municipal, dicha Ordenanza Municipal fue suscrita en representación de todo el Concejo Municipal cuyos concejales previamente se reunieron en sesión ordinaria de 11 de diciembre de 2007 (fs. 84 a 96), considerándose en el punto 9 concretamente la reconsideración propuesta por la ahora accionante y que por mayoría de votos se rechazó la reconsideración constando en dicha acta la firma de los suscribientes conforme se evidencia del punto II.11. de conclusiones.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos, garantías y principio supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “accionante”
- precepto que permite determinar quién o quiénes son las personas que él accionante considera lesionaron sus derechos fundamentales o garantías constitucionales
- fue suscrita en representación de todo el Concejo Municipal cuyos concejales previamente se reunieron en sesión ordinaria de 11 de diciembre de 2007
- suscribieron y emitieron el rechazo a la Reconsideración
- APROBAR