SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1925/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1925/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

1)

Con el derecho a la dúplica manifestó: 1) Esta Asociación es una de derecho y no de hecho, existiendo requisitos que deben cumplirse para ser socio, como la presentación de una solicitud y el patrocinio de un socio antiguo, aspecto que en muchos casos no se cumplió; 2) En la Resolución de 11 de octubre de 2007, referida a la ampliación de funciones del Comité Ad hoc, no sólo participaron los socios sino otras personas, ex fundadores de la asociación y pueblo en general; 3) Es probable que se hubiere descubierto la existencia de otra asociación de hecho, ya que al no haber cumplido con los requisitos de acuerdo con sus Estatutos, no son socios; y, 4) La Confederación Nacional de Transporte Libre Bolivia no puede actuar como árbitro de la controversias, pues en ese caso debía aplicarse la Ley de Arbitraje y Conciliación.