SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1978/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1978/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La recurrente, alega la vulneración de los principios, a la “seguridad jurídica”, a la legalidad, a la igualdad, al debido proceso y a la presunción de inocencia; y, de su derecho a la defensa, por cuanto los funcionarios recurridos en base a una denuncia anónima, que no está reconocida en la Ley del Consejo de Judicatura ni el Reglamento del Procedimientos Disciplinarios del Poder Judicial, iniciaron de oficio un proceso disciplinario en su contra, sin haber hecho de conocimiento suyo el contenido de la mencionada denuncia para que pueda asumir defensa, declarando indebidamente la reserva de las actuaciones en la investigación previa efectuada por la abogada Investigadora, llegándose a emitir el Auto de apertura de proceso sumario disciplinario por el Tribunal Sumariante, habiéndole impedido conocer las actuaciones llevadas a cabo hasta ese momento. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de la recurrente, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.