SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1995/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1995/2010-R

Fecha: 26-Oct-2010

no ha lugar

Por Resolución 011/2007 de 26 de octubre, la Sala Civil Segunda, en suplencia legal de la Sala Civil, Primera, ambas de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, cursante de fs. 44  a 47 vta., de acuerdo con el dictamen fiscal, dispuso “no ha lugar” a la tutela solicitada, en consecuencia, improcedente el recurso de amparo constitucional, y en aplicación del art. 102.III de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), se fijó multa en la suma de Bs300.- (trescientos bolivianos) la Resolución tiene los siguientes argumentos: