SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2013/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2013/2010-R

Fecha: 03-Nov-2010

fuere hasta veintinueve días

Por otro lado, la multa impuesta al abogado, se encuentra dentro de las sanciones a las que puede ser pasible el abogado defensor y dentro de las atribuciones de la autoridad jurisdiccional en caso de causar una maliciosa dilación al proceso, señalada por el art. 105 del CPP; que luego posteriormente al ser asistidos por un abogado defensor de oficio, no existe la figura de indefensión por ese argumento. 

Desde esa óptica, como consecuencia de la acusación fiscal, que ocasionó confusión en el Tribunal de Sentencia, se produjo sin duda la lesión a los derechos y garantías constitucionales a la defensa y al debido proceso de los accionantes, quienes tendrían que ser juzgados por el Juez de Sentencia, tal como lo establece el art. 53 inc. 2) del CPP.