SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2013/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2013/2010-R

Fecha: 03-Nov-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los recurrentes, ahora accionantes, manifestaron que se vulneraron sus derechos a la defensa, a la dignidad personal, al debido proceso, a la probidad de las autoridades, y a la seguridad jurídica, por cuanto; el Tribunal de Sentencia de Achacachi, rechazó y declaró improbado el incidente de falta de competencia de ese Tribunal, con el argumento que su competencia en el caso de autos se halla determinada por el art. 52 del CPP y no así por el art. 53 inc. 2) del mismo cuerpo legal, toda vez que uno de los delitos imputados es el previsto y sancionado por el art. 271 del CP (lesiones graves y leves), sancionado de dos a seis años de reclusión según la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana. Corresponde analizar, en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales de los accionantes, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.