SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2032/2010-R
Fecha: 09-Nov-2010
II.4.
II.4. Al ser rechazadas la denuncia como la querella, realizaron la conversión de acción, promoviendo la querella y acusación particular por parte del ahora recurrido Serapio Uri Ticona, por memorial de 7 de febrero de 2008 (fs. 9 a 13), por el delito de anticipación y prolongación de funciones, siendo admitida la querella y acusación particular, formulada por Serapio Uri Ticona en representación legal de Julia Sanchez Salto, por la que el Juez Quinto de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, mediante Resolución 014/2008 de 14 de febrero (fs. 16); en consecuencia, dictó la Resolución 018/2008 de Auto de apertura de juicio (fs. 19), señalando audiencia de juicio oral, público, continuo y contradictorio, para el 23 de mayo de 2008.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- i)
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- concederá
- “accionante”
- III.3. De la suspensión temporal de funciones del Alcalde y Concejales
- “(…) al no existir ya el Auto de procesamiento, se presenta la figura de la acusación fiscal que da lugar al inicio del juicio oral, por ende, el art. 34 LM debe ser interpretado desde la óptica del nuevo procedimiento penal, debiendo estimarse que cuando existe acusación contra un Concejal, en los términos y alcances que prevén los arts. 341 y 342 CPP- éste puede ser suspendido temporalmente de sus funciones”.
- es para el caso de existencia de imputación fiscal formal
- III.4. El caso analizado
- se presenta la figura de la acusación fiscal
- Artículo 144. (SUSPENSIÓN TEMPORAL).-
- 1. Habiendo acusación formal, el fiscal
- Deniega la Tutela,
- APROBAR