Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2036/2010-R
Fecha: 09-Nov-2010
Fragmento 5
Los recurridos, Sebastián Ramírez Veliz Corregidor Titular; Luis Ramírez Veliz, Agente Cantonal; Juan Mamani Cabezas (Hilacata Aranzaya); Miguel Mamani Huajlla, Hilacata Orinzaya, Antonio Huaylla Lozano, SubAlcalde; y Francisco Javier Marca Mamani, Oficial de Registro Civil, todos autoridades originarias de la Localidad de Cosapa, provincia Sajama del departamento de Oruro, por medio de su abogado, en el desarrollo de la audiencia, informaron lo siguiente:
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación del recurso
- Fragmento 5
- 1)
- 4)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3.1. El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y las reformas constitucionales de 1994
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- (
- III.3.2.La Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas
- jurídicas
- sistemas jurídicos
- III.3.3.La Constitución Política del Estado vigente y la Jurisdicción indígena originaria campesina: Sus límites
- Plurinacional Comunitario
- pluralismo jurídico, interculturalidad,
- Tribunal Constitucional Plurinacional
- Plurinacional;
- Fragmento 26
- III.4. Sobre la improcedencia del amparo constitucional para definir derecho ni analizar hechos controvertidos
- III.5.1. Respecto a la determinación del Juez de garantías respecto a la justicia comunitaria
- APROBAR